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1.- Formalización de la solicitud
de arbitraje a través de la junta arbitral o de cualquier asociación
aceptada ( Se creará en Internet la propia junta arbitral aceptada
por los internautas).
2.- Una vez recibida la petición comprobaremos la adhesión
al sistema de arbitraje y mediación y se dará por iniciado el procedimiento.
(Ambas partes deberán aceptar el sistema de mediación).
3.- Si una de las partes rechazara el procedimiento, el caso
será archivado dado el carácter voluntario de aceptación por ambas
partes.
4.-Existirán dos tipos de arbitraje: De derecho y de Equidad.
Derecho: Por abogados en ejercicio. Equidad: Los árbitros emiten
un LAUDO deacuerdo a sus conocimientos.
5.- Se citará a las partes para designar el Colegio Arbitral
que será el que decida.
6.- Se citará a las partes para que manifiesten lo que estimen
oportuno sobre el conflicto. La composición Arbitral será de: -
Presidente: del Colegio o zona Arbitral elegida. - Árbitro: que
emitirá el Laudo final sobre el conflicto,(de derecho o de equidad).
7.- El procedimiento termina con un Laudo. Sentencia del tribunal
de arbitraje.
8.- Puede ocurrir que las partes durante el procedimiento
acuerden su final, que será recogido en un LAUDO CONCILIATORIO.
Tendrá la misma eficacia que el Laudo final.
9.- Contra la resolución final cabe recurso ante la Audiencia
provincial en el plazo correspondiente, con lo cual el procedimiento
llevará una legislación procesal con sentencia judicial firme.
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